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IV Convocatoria de Ayudas para acciones de Transferencia de la Investigación en Pediatría

La Fundación Ernesto Sánchez Villares tiene entre sus objetivos fomentar el desarrollo de la Pediatría tanto en sus aspectos asistenciales, como en los docentes y de investigación. Entre las acciones para conseguir estos objetivos destaca la subvención de proyectos de investigación clínico-epidemiológicos sobre promoción de la salud y enfermedades prevalentes de la infancia. Como resultado de un análisis de las solicitudes de financiación realizadas por los grupos de investigación en los últimos años, se ha constatado la necesidad de financiación complementaria para acciones de transferencia de la investigación. Por ello, parece justificada la convocatoria de ayudas específicas, condicionadas a la disponibilidad presupuestaria de cada ejercicio económico.

Así, la Fundación Ernesto Sánchez Villares destinará, en el año 2024, la cantidad de 8.000 euros para subvencionar acciones de transferencia de la investigación en pediatría.

Destinatarios

El importe de las Ayudas de Investigación se destina a los Pediatras de la Sociedad de Pediatría de Asturias, Cantabria, Castilla y León (SCCALP) con el fin de fomentar la transferencia de la investigación en pediatría.

Condiciones de las Ayudas

  1. La dotación económica guardará relación con el presupuesto que necesariamente acompañará a la solicitud y que no podrá superar los 3.000 euros, límite máximo del presupuesto a solicitar.
  2. Las ayudas irán destinadas a la financiación de acciones de transferencia de la investigación realizada con ayudas de la Fundación Ernesto Sánchez-Villares, o de propuestas de desarrollo o innovación de interés para la SCCALP.
  3. Entre las acciones concretas contempladas en esta convocatoria se incluye la subvención para la publicación de artículos aceptados en revistas de impacto internacional (incluidas en el Journal Citation Reports) que presenten los resultados de estudios financiados por la Fundación.  Estas ayudas irán destinadas a financiar las tasas obligatorias de publicación que algunas revistas exigen; no contemplan gastos de traducción ni de edición de manuscritos, ni las tasas opcionales que algunas revistas, con acceso restringido a sus artículos, piden para su publicación “en abierto”. Los documentos habrán sido publicados o aceptados en los dos años previos a la fecha de esta convocatoria. Asimismo, el solicitante de la ayuda será miembro del equipo investigador y coautor del artículo y el investigador principal del proyecto financiado figurará entre los autores del manuscrito.
  4. Otras acciones financiables son el desarrollo de herramientas informáticas de interés clínico-epidemiológico que faciliten la implementación de los resultados de la investigación realizada en el seno de la SCCALP. Estas herramientas podrán ser de uso y distribución libre o, si están protegidas bajo licencia, deberán estar accesibles mediante solicitud para cualquier socio de la SCCALP.
  5. Si la financiación solicitada no cubre todos los gastos de la acción a ejecutar la solicitud deberá informar del presupuesto global, de las fuentes complementarias de financiación y del destino concreto del dinero solicitado.
  6. En la valoración de las solicitudes se tendrá en cuenta el carácter colaborativo multicéntrico en el seno de la SCCALP y la trayectoria profesional de los solicitantes.

El plazo de presentación finalizará el día 20 de octubre de 2024.

Documentos